miércoles, 16 de diciembre de 2015

La Reforma Política del Distrito Federal: parteaguas en la historia de México

1. Las instituciones que el Estado mexicano ha logrado consolidar a lo largo de su historia nos han permitido conducir las transformaciones que exige una dinámica social en constante evolución. Ha sido el pacto federal que nos une, el que ha permitido privilegiar el interés soberano de la Nación sobre el de cada una de sus partes garantizando el respeto de la Ley Suprema y los principios subyacentes en ella.

2. El federalismo es la columna vertebral en la que se sustenta nuestro régimen político. Así lo establece nuestra Constitución en los artículos 40 y 43 al instituir que nuestro país es una República representativa, democrática, laica y federal, integrada por 31 Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una Federación, y el Distrito Federal. En el artículo 44 establece: “La Ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos”.

3. A lo largo de la historia política de nuestro país, muy probablemente, ningún tema ha sido tan debatido como el relacionado con el estatus jurídico del Distrito Federal (DF) al ser una parte más de nuestro pacto federativo y sin duda el centro neurálgico del poder, la economía, la política y la cultura.

4. A partir de finales de los años ochenta del siglo pasado, surgieron voces de inconformidad entre la ciudadanía del DF exigiendo cambios en la organización política y de gobierno de la ciudad que dieron origen a diversas reformas políticas.

5. En agosto de 1987 se crea la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, órgano de representación ciudadana con facultades para dictar bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno; en octubre de 1993 se modifican los artículos constitucionales 122 y correlativos para conformar el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal vigente; y en agosto de 1996 se otorgan mayores atribuciones a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y la ciudadanía elige por vez primera en las urnas al Jefe de Gobierno del DF y a los titulares de las Delegaciones.

6. Sin embargo, el DF sigue aún sin ser una entidad autónoma, lo cual ha llevado a diversos estudiosos a prestar atención a estas inequidades y a definir para el DF el estatus de sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, al tiempo de obtener la calidad jurídica de Estado de la República Mexicana.

7. El transcurso de la Reforma Política del DF ha pasado por diez iniciativas de ley presentadas al Congreso entre 2010 y 2015. No ha sido fácil llegar a un consenso ya que modifica 54 artículos de la Constitución federal.

8. El pasado 8 de diciembre el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la Minuta con Proyecto de Decreto en Materia de Reforma Política de la Ciudad de México, día que fue turnada al Senado donde será votada por el Pleno esta semana. De ser aprobado, el decreto será remitido a los Congresos estatales para su ratificación.

9. En la Reforma se establece que la capital del país se denominará Ciudad de México y contará con su propia Constitución que redactará una Asamblea Constituyente, integrada por cien diputados que deberá ser aprobada antes del 31 de enero de 2017. Las actuales Delegaciones se sustituyen por demarcaciones territoriales gobernadas por un alcalde y concejales y la ALDF por un Congreso local.


10. Queda por delante una ardua tarea de transición que enfrentaremos privilegiando los consensos en los disensos.




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