1. Las instituciones que el Estado mexicano ha logrado
consolidar a lo largo de su historia nos han permitido conducir las
transformaciones que exige una dinámica social en constante evolución. Ha sido
el pacto federal que nos une, el que ha permitido privilegiar el interés
soberano de la Nación sobre el de cada una de sus partes garantizando el
respeto de la Ley Suprema y los principios subyacentes en ella.
2. El federalismo es la
columna vertebral en la que se sustenta nuestro régimen político. Así lo
establece nuestra Constitución en los artículos 40 y 43 al instituir que
nuestro país es una República representativa, democrática, laica y federal,
integrada por 31 Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su
régimen interior, pero unidos en una Federación, y el Distrito Federal. En el
artículo 44 establece: “La Ciudad de México es el Distrito Federal, sede de los
Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos”.
3. A lo largo de la
historia política de nuestro país, muy probablemente, ningún tema ha sido tan
debatido como el relacionado con el estatus jurídico del Distrito Federal (DF)
al ser una parte más de nuestro pacto federativo y sin duda el centro
neurálgico del poder, la economía, la política y la cultura.
4. A partir de finales de
los años ochenta del siglo pasado, surgieron voces de inconformidad entre la
ciudadanía del DF exigiendo cambios en la organización política y de gobierno
de la ciudad que dieron origen a diversas reformas políticas.
5. En agosto de 1987 se
crea la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, órgano de
representación ciudadana con facultades para dictar bandos, ordenanzas y
reglamentos de policía y buen gobierno; en octubre de 1993 se modifican los
artículos constitucionales 122 y correlativos para conformar el Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal vigente; y en agosto de 1996 se otorgan mayores
atribuciones a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y la ciudadanía
elige por vez primera en las urnas al Jefe de Gobierno del DF y a los titulares
de las Delegaciones.
6. Sin embargo, el DF
sigue aún sin ser una entidad autónoma, lo cual ha llevado a diversos
estudiosos a prestar atención a estas inequidades y a definir para el DF el
estatus de sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos
Mexicanos, al tiempo de obtener la calidad jurídica de Estado de la República
Mexicana.
7. El transcurso de la
Reforma Política del DF ha pasado por diez iniciativas de ley presentadas al
Congreso entre 2010 y 2015. No ha sido fácil llegar a un consenso ya que
modifica 54 artículos de la Constitución federal.
8. El pasado 8 de
diciembre el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la Minuta con Proyecto de
Decreto en Materia de Reforma Política de la Ciudad de México, día que fue turnada
al Senado donde será votada por el Pleno esta semana. De ser aprobado, el
decreto será remitido a los Congresos estatales para su ratificación.
9. En la Reforma se
establece que la capital del país se denominará Ciudad de México y contará con
su propia Constitución que redactará una Asamblea Constituyente, integrada por cien diputados que
deberá ser aprobada antes del 31 de enero de 2017. Las actuales Delegaciones se
sustituyen por demarcaciones territoriales gobernadas por un alcalde y
concejales y la ALDF por un Congreso local.
10. Queda por delante una
ardua tarea de transición que enfrentaremos privilegiando los consensos en los
disensos.
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